El restablecimiento de la última moratoria es una oportunidad más que el Gobierno no sólo le da a los deudores; esta vez serán los evasores los que tienen la posibilidad de ser eximidos de la responsabilidad penal establecida por la Ley Penal Tributaria. Hoy entra en vigencia la nueva moratoria, la sexta desde que el gobernador José Alperovich asumió la conducción de la provincia, en octubre de 2003.
En Tucumán hay 275 casos de grandes contribuyentes que no depositaron las retenciones y percepciones efectuadas como lo marca la legislación vigente. Y, por esta razón, la Dirección General de Rentas puede denunciarlos penalmente. De hecho, el titular del área, Pablo Clavarino, afirmó ayer a LA GACETA que esos casos bien pueden estar tipificados bajo la figura de "apropiación indebida de tributos". Según el artículo 6 de la Ley Penal Tributaria "será reprimido con prisión de dos a seis años el agente de retención o de percepción de tributos nacionales, provinciales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que no depositare, total o parcialmente, dentro de los 10 días hábiles administrativos de vencido el plazo de ingreso, el tributo retenido o percibido, siempre que el monto no ingresado superase la suma de $ 40.000 por cada mes". Como mínimo, el fisco estima que hay una deuda impaga de unos $ 10 millones a $ 12 millones.
La Ley Provincial 8.584, publicada ayer en el Boletín Oficial de Tucumán (y que avala el restablecimiento de la anterior moratoria), establece el "renacimiento de la espontaneidad establecida en la normativa nacional, con la que se exime de responsabilidad penal". Esto será posible si el infractor deposita, hasta el 14 de junio próximo, los tributos retenidos, percibidos o recaudados (más intereses) de enero, febrero y marzo pasado. En la moratoria ingresarán sólo las obligaciones anteriores a diciembre.
En paralelo con la AFIP
El plan de pagos de Rentas está en línea con el que lanzó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Finalizarán, simultáneamente, el 31 de julio próximo.
A la de Tucumán podrán ingresar todos aquellos contribuyentes que aún no se sumaron a ninguna de las anteriores moratorias. También los que dejaron de pagar cuotas del anterior plan (ley 8.520), pero que ahora tienen la posibilidad de reengancharse hasta el 17 de junio, abonando las cuotas vencidas hasta este mes. En esta situación hay más de 5.400 casos, según los registros de la Dirección General de Rentas.
Como dato excepcional, en esta oportunidad habrá plan de facilidades de pago para las Contribuciones que Inciden sobre los Inmuebles (CISI Comunal.
Clavarino recordó que podrán sumarse la moratorias aquellos que, habiendo confeccionado anteriores formularios, en esta oportunidad lo hagan por impuestos distintos.
Rentas atenderá a los interesados en su sede central de 24 de Septiembre 970, de 8.15 a 14.15. También en las receptorías y delegaciones.